El Plan Personalizado de pago de Tributos que ofrece la Diputación provincial para todos los contribuyentes de la provincia de Soria que superan los 45.000, supone unificar todos los impuestos y tasas municipales para ir pagándolos a lo largo de nueve meses, de febrero a octubre.
El objetivo es poder fraccionar los tributos para hacer más llevadero el pago de los mismos, sin los tradicionales meses donde se acumulan los pagos más fuertes como pueden ser el IBI tanto de urbana como de rústica.
Los interesados en acogerse a este Plan deben solicitarlo antes del 15 de diciembre, haciendo efecto a partir del ejercicio siguiente, dirigiéndose personalmente, con cita previa, a la oficina del Servicio de Gestión Tributaria o a través de la Oficina Virtual Tributaria, en la web http://ovt.dipsoria.es para lo que hace falta disponer de firma electrónica.
Los impuestos y tasas deben superar los 54 euros, puesto que los recibos deben ser como mínimo de seis euros mensuales, y en el transcurso del ejercicio se recalcularán las cuotas del Plan, que se cobrarán los días 5 de cada mes o el inmediato hábil.
Para acogerse a este sistema es necesario domiciliar el pago, que la solicitud la realice el titular de los tributos y no tener deuda pendiente en ejecutiva con la Administración.
La Diputación provincial recauda anualmente una cifra superior a los 22 millones de euros de los impuestos y tasas que delegan los 182 municipios de la provincia, a excepción de la capital, y genera más de 239.000 recibos anuales. Los ayuntamientos no van a sufrir ninguna merma en los ingresos que les deriva la Diputación puesto que se mantienen los mismos periodos de pago, adelantando la institución provincial la cuantía económica que les corresponde. La institución hace frente al coste de todo este trabajo cobrando a los ayuntamientos una tasa del 3% de todos los recibos cobrados, sin distinción de cuando se realiza el pago y se ha sido necesario recurrir a cobro en ejecutiva que encarece realmente el trabajo.
Los principales tributos son el Impuesto de Bienes Inmuebles de urbana y de rústica, el IBI de carácter especial, como huertos solares, aerogeneradores y pantano), el Impuesto de Actividades Económicas, el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, Aguas, basuras y alcantarillado y Otras tasas como cementerio, huertos o vados de los pueblos que lo han delegado.